EN PERGAMINO

Aprueban proyecto que fue rechazado en Junín

En la última sesión del Concejo Deliberante, llevada a cabo el martes, finalmente se aprobó por unanimidad la Ordenanza Nº 8.245/15, por la cual se prohíbe en todo el partido de Pergamino la comercialización, fabricación, depósito, circulación, transporte, venta al público mayorista o minorista de productos calificados como clase C-4, es decir la variedad común de explosivos plásticos de uso militar que está controlada su venta por la legislación Nº 20.429.
“La citada restricción alcanzará la venta y utilización de artificios pirotécnicos de alto y medio impacto sonoro, y de trayectoria impredecible que emita señales lumínicas, fumígenas o de estruendo suspendida el paracaídas, en especial globos aéreos luminosos encendidos en su interior impulsados por el propio aire caliente que generan, morteros y bombas de estruendo, sea venta libre o no, y/o de fabricación autorizada”, explicaron.
Hace un par de meses, en el Concejo Deliberante de Junín se trató la misma iniciativa, que había llegado al cuerpo parlamentario promovida por el bloque del Frente para la Victoria, pero fue rechazada por el resto de los bloques.

La ordenanza pergaminense
La ordenanza también estipula que la realización de espectáculos de fuegos de artificio, destinados al entretenimiento de la población o la conmemoración de hechos especiales, deberá contar previamente con la autorización, mediante resolución fundada, del Ejecutivo municipal que extenderá una habilitación temporaria en donde constará los días de espectáculo, y el lugar de emplazamiento solicitado.
“La citada restricción alcanzará la venta y utilización de artificios pirotécnicos de alto y medio impacto sonoro, y de trayectoria impredecible que emita señales lumínicas, fumígenas o de estruendo suspendida el paracaídas, en especial globos aéreos luminosos encendidos en su interior impulsados por el propio aire caliente que generan, morteros y bombas de estruendo, sea venta libre o no, y/o de fabricación autorizada”, explicaron. La ordenanza también estipula que la realización de espectáculos de fuegos de artificio, destinados al entretenimiento de la población o la conmemoración de hechos especiales, deberá contar previamente con la autorización, mediante resolución fundada, del Ejecutivo municipal que extenderá una habilitación temporaria en donde constará los días de espectáculo, y el lugar de emplazamiento solicitado. Cumplir con la ley Por otra parte, el incumplimiento de lo dispuesto en la ordenanza, cuando se trate de particulares, entidades comerciales, sitios públicos o privados, en espectáculos públicos o deportivos, será penado con multas que determinara el Ejecutivo municipal según la reglamentación que dicte en la materia, más el decomiso de los elementos probatorios de la infracción. “La nueva normativa establece que el Ejecutivo realizará una campaña para concientizar de manera amplia, masiva y sostenida en el tiempo sobre la difusión de disposiciones de la normativa con el objetivo de que toda la población tome conocimiento de la misma”, indicaron sobre esta legislación. Demanda de los vecinos “Origina esta iniciativa, la suma de situaciones que año tras año reafirma lo peligroso y dañino que es para las personas el uso de pirotecnia en festejos de todo tipo, ya sea por imprudencia, desconocimiento o descuido, ocasionando números accidentes con graves consecuencias”, dijo la concejal Teresa de Mayo, creadora del proyecto. Los impulsores aseguraron que los incidentes que se producen por el uso de pirotecnia generan un elevado costo para los bomberos al tener que acudir a los siniestros, además, de gastos médicos para las personas afectadas, gastos veterinarios en el caso de dueños de animales, y el daño incuantificable al medio ambiente, produciendo contaminación en las napas de agua, dado los metales pesados y residuos que contienen este tipo de artefactos.<

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