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ESPAÑA

Declaran nula e inconstitucional la Ley del Referéndum en Cataluña

El Tribunal Constitucional español resolvió por unanimidad declarar nula e inconstitucional la Ley del Referéndum aprobada por el Parlamento de Cataluña para convocar la consulta soberanista celebrada el 1 de octubre.

El tribunal, por unanimidad de sus 12 magistrados, declaró ayer inconstitucional y anuló la Ley 19/2017 del Referéndum de Autodeterminación de Cataluña. Esta norma sirvió de base para la consulta popular del pasado 1 de octubre pese a haber quedado suspendida tras el recurso presentado por el Gobierno el 7 de septiembre, al día siguiente de su aprobación en el Parlament con los votos de la mayoría independentista de Junts pel Sí y los antisistema de la CUP.
La ley del referéndum forma, junto con la llamada ley de transitoriedad jurídica, el entramado normativo con el que la Generalitat pretende sustentar la ruptura de Cataluña con el resto de España. La norma se basa en un pretendido derecho de autodeterminación de ese territorio a través de una lectura singular de los tratados internacionales suscritos por España.
En la introducción de la sentencia, el Constitucional desmonta este argumento. El tribunal recuerda que la Ley Fundamental no reconoce la posible secesión unilateral de una parte del territorio nacional y hace hincapié en que las resoluciones de Naciones Unidas que regulan el derecho de autodeterminación lo limitan de forma “inequívoca” a pueblos sometidos “a una subyugación, dominación y explotación extranjeras”, esto es, colonias o minorías oprimidas dentro de un Estado.
Fuera de esos supuestos, recuerda el Constitucional, “todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas”. La sentencia, redactada por el magistrado Andrés Ollero, observa tres grandes bloques de inconstitucionalidad en la ley del referéndum, cuyos artículos fueron vulnerados por la propia Generalitat para llevar a cabo la consulta del 1 de octubre. El más relevante tiene que ver con la propia esencia de la norma. Según el tribunal, el texto vulnera principios como “la soberanía nacional, residenciada en el pueblo español, la unidad misma de la nación constituida en Estado social y democrático de derecho, y la propia supremacía de la Constitución, a la que están sujetos todos los poderes públicos y también, por tanto, el Parlamento de Cataluña”.
La ley del referéndum coloca a Cataluña como sujeto político soberano, lo que choca frontalmente con el artículo 1 de la Constitución. Y aplicando este principio al referéndum dicta: “Lo que a todos afecta, es decir, la permanencia o no de ese Estado común en que España quedó constituida, no podría, llegado el caso, sino ser reconsiderado y decidido también por todos”. 
El Constitucional insiste en la posibilidad de “revisión total” de la Ley Fundamental.

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